Diferentes órdenes y recetas
Tema. 8. La receta médica.
A) ORDEN MÉDICA.
Es un documento
escrito donde el médico prescribe servicios y/o tratamientos para el paciente
ingresado en el hospital. Toda orden médica está firmada por el facultativo que
la prescribe.
TIPOS DE ÓRDENES MÉDICAS:
Órdenes “STAT”
Debe ser cumplida inmediatamente y ejecutadas
por una sola vez.
Ejemplo:
Ampicilina 500mg ½ hora antes de la cirugía.
Órdenes PRN
Deben ser
cumplidas cuando a juicio de la enfermera/o se determina la necesidad de ejecutarlas.
Su ejecución debe restringirse al tiempo prescrito por el médico.
Ejemplo: Irtopan 10 mg 1 cápsula cada 4 hrs
PRN por náuseas.
Órdenes
Se llevan a cabo por un número de días
específicos o hasta que una nueva orden las cancele. Algunas órdenes rutinarias
tienen fecha de expiración automática (narcóticos 24 a 48 hrs/ antibióticos 7 a
14 días).
Ejemplo: Mylanta 1 tableta cada 8 hrs x 5 días.
Órdenes Verbales
Instrucción dada por el médico vía telefónica
o verbal para ofrecer tratamientos o servicios. Requiere se verifique la
política del hospital.
Requieren la
firma del médico a la mayor brevedad posible.
B) RECETA MÉDICA.
Documento
sanitario normalizado en el que los médicos, odontólogos y podólogos legalmente
capacitados (colegiados) prescriben la medicación a sus pacientes para que les
sean dispensados.
TIPOS DE RECETAS MÉDICAS:
Receta médica en la Seguridad Social
El modelo de receta es el mismo para todos los
centros de salud pública de España. Consta de dos partes, que se dividen entre
el cuerpo de la receta y el volante de instrucciones al paciente. En este
documento se incluye toda la información relativa al paciente, al médico, y al
tratamiento que tendrá que seguir, definiendo la medicación y la forma de
realizar el tratamiento.
Es un documento
que tiene que ir firmado por el médico o especialista de la salud, y que tiene
una validez de diez días desde la fecha de expedición. Las recetas médicas de
la Seguridad Social pueden ser de varios tipos: Según el ámbito de aplicación.
Las recetas médicas pueden abarcar tratamientos establecidos en el ámbito
ambulatorio, o los tratamientos establecidos en hospitales, pero destinados a
pacientes no hospitalizados. Según el carácter del modelo. Las recetas tendrán
un color diferente dependiendo de la situación del beneficiario. Serán de color
verde en el caso de usuarios activos, de color rojo en el caso de usuarios
pensionistas, y de color azul en el caso de usuarios con enfermedad
profesional.
Receta Electrónica del Sistema Nacional de Salud
La receta médica electrónica es una modalidad
de servicio digital de apoyo a la asistencia sanitaria que permite al
facultativo emitir y transmitir prescripciones por medios electrónicos, basados
en las tecnologías de la información y comunicaciones, que posteriormente
pueden ser objeto de dispensación.
El proyecto de
receta electrónica interpretable del Sistema Nacional de Salud (RESNS) tiene
como objetivo principal permitir la dispensación desde cualquier farmacia, por
medios electrónicos, de la medicación prescrita en otra comunidad autónoma sin
necesidad de presentar una receta en papel.
Receta médica privada
Es un documento con la misma validez y forma
que las recetas públicas. La principal diferencia entre una y otra es que, la
receta médica privada está destinada a aquellos profesionales de la salud que
disponen de una consulta o clínica privada, no adscrita al sistema de salud público.
En esta categoría se encuentran médicos, odontólogos, podólogos,
fisioterapeutas, etc. Las recetas médicas privadas pueden ser:
· Receta en
papel: realizada en un soporte físico, con las
mismas características que las recetas médicas públicas.
Debe contener
igualmente toda la información relativa al paciente, al tratamiento y al
profesional de la salud que prescribe el documento, siendo imprescindible que
aparezca en el papel su rúbrica.
· Receta en
soporte electrónico: se trata de un nuevo
método que empieza a permitir que las recetas se realicen a través de los
sistemas electrónicos de los Consejos Generales de las Profesiones
Prescriptoras, que facilite enormemente el trabajo de los especialistas.
C)
ORDEN DE DISPENSACIÓN.
Documento
sanitario normalizado en el que los profesionales de la enfermería, acreditados
individualmente, indican usar y autorizan la dispensación de medicamentos
sujetos a prescripción médica.
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